Si entró solo, solo saldrá; si tenía mujer, saldrá su
mujer con él.
Im-begapo yavo begapo yetse im-ba'al ishah hu veyatse'ah
ishto imo.
21:4
Si su amo le hubiere dado mujer (extranjera) y ella le
hubiere parido hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán
de su amo, y él saldrá solo.
Im-adonav yiten-lo ishah veyaldah-lo vanim o vanot
ha'ishah viladeyha tihyeh la'adoneyha vehu yetse vegapo.
21:5
Mas si el siervo persistiese en decir: "amo a mi señor y
a mi mujer y a mis hijos, no saldré libre",
Ve'im-amor yomar ha'eved ahavti et-adoni et-ishti
ve'et-banay lo etse jofshi.
21:6
entonces su amo le hará llegar ante los jueces, y
acercándole a la puerta o la jamba, su amo le agujereará
la oreja (derecha) con una lezna, y él será siervo suyo
para siempre.
Cuando alguno vendiere a su hija por sierva, ella no
saldrá como salen los siervos.
Veji-yimkor ish et-bito le'amah lo tetse ketset
ha'avadim.
21:8
Si no agradare a su señor después de que la haya
destinado para sí, permitirá que sea redimida; no podrá
venderla a otro hombre (ni al padre de ella) después de
haberse servido de ella y no haberla desposado.
Y cuando alguno obrare premeditadamente contra su
prójimo, matándole con engaño, de Mi mismo altar le
quitarás para que muera.
Veji-yazid ish al-re'ehu lehorgo ve'ormah me'im mizbeji
tikajenu lamut.
21:15
El que hiriere a su padre o a su madre, será muerto
irremisiblemente.
Umakeh aviv ve'imo mot yumat.
21:16
El que robare una persona y la vendiere, y fuere hallada
en su poder, será muerto irremisiblemente.
Vegonev ish umejaro venimtsa veyado mot yumat.
21:17
El que maldijere a su padre o a su madre, será muerto
irremisiblemente.
Umekalel aviv ve'imo mot yumat.
21:18
Cuando riñeren hombres y el uno hiriere al otro con
piedra o con el puño y éste no muriere, pero cayere en
cama,
Veji-yerivun anashim vehikah ish et-re'ehu be'even o
ve'egrof velo yamut venafal lemishkav.
21:19
si se levantare y anduviere fuera por su propia fuerza,
será libre aquél que lo hirió; le pagará sin embargo el
tiempo que perdió y el precio de su cura.
Cuando alguno hiriere a su siervo o a su sierva
(extranjeros) con palo, de modo que mueran bajo su mano,
serán ciertamente vengados.
Veji-yake ish et-avdo o et-amato bashevet umet tajat
yado nakom yinakem.
21:21
Mas si sobrevivieren un día o dos (veinticuatro horas),
no serán vengados, por cuanto es su dinero.
Aj im-yom o yomayim ya'amod lo yukam ki jaspo hu.
21:22
Cuando riñeren hombres y golpearen a una mujer preñada,
de modo que salieren sus criaturas sin que haya
desgracia (de muerte en la mujer), el culpable será
ciertamente multado conforme a lo que impusiere el
marido de la mujer, lo cual piará (por el aborto).
Cuando un buey (u otro animal) corneare a hombre o a
mujer de modo que muera, será apedreado irremisiblemente
aquel buey, y no será comida su carne; mas el dueño del
buey quedará absuelto.
Pero si el buey estuviese avezado a cornear desde ayer y
anteayer (tres veces), y se le hubiere advertido al
dueño y él no le hubiere guardado, de modo que matare a
hombre o mujer, el buey será apedreado, y su dueño
también será muerto.
Ve'im shor nagaj hu mitmol shilshom vehu'ad bive'alav
velo yishmerenu vehemit ish o ishah hashor yisakel
vegam-be'alav yumat.
21:30
Si le fuere impuesto rescate, pagará por la redención de
su vida, conforme a todo lo que le fuere impuesto.
Si el buey de alguno hiriere al buey de su compañero de
modo que muera, venderán el buey vivo y dividirán el
dinero, y también dividirán el buey muerto.
Mas si se sabía que el buey estaba avezado a cornear
desde ayer y anteayer (tres veces) y su dueño no lo
guardaba, sin falta pagará buey por buey; y el (animal)
muerto será para el perjudicado, descontando el precio.
O noda ki shor nagaj hu mitmol shilshom velo yishmerenu
be'alav shalem yeshalem shor tajat hashor vehamet
yihyeh-lo.
21:37
Cuando alguno hurtare buey o carnero o los degollare o
los vendiere, cinco bueyes restituirá por un buey, y
cuatro carneros por un carnero.
Ki yignov-ish shor o-seh utvajo o mejaro jamishah vakar
yeshalem tajat hashor ve'arba-tson tajat haseh.
Comentario:
1
Muchos afirman que las leyes de la Torah, inclusive el
Decálogo, están ya dictadas por la inteligencia del
hombre que es un don de Dios, sin que tengan que ser
específicamente ordenadas. Aquí se nos presenta el
aspecto único de la Torah en relación a los códigos
legales de todos los tiempos. Reyes y gobiernos
condicionaban estas leyes a la responsabilidad de la
sociedad, a la obediencia al Estado, a la censura de la
propia conciencia humana o, para usar una expresión de
Kant, al "imperativo categórico". Mas ¿cuántas veces
estas leyes perdían su fuerza cuando se violaba la
obediencia al Estado o flaqueaba la conciencia del
hombre? Atribuyendo el fundamento de estas leyes a la
responsabilidad del hombre frente a Dios y no tan sólo
ante su conciencia, Moisés pudo asegurar su cumplimiento
total en todas las circunstancias y en todas las épocas.
La transgresión de un mandamiento de la Torah no es tan
sólo un crimen contra la conciencia o contra el Estado,
sino también un pecado religioso contra Dios, y si una
persona cumple realmente los cinco primeros
mandamientos, difícilmente podrá transgredir los cinco
últimos. El Decálogo está compuesto de preceptos
religiosos, morales y sociales, pero la Torah no hace
diferencia entre ellos, significando que toda
transgresión a los preceptos morales y sociales se
considera también un pecado religioso.
2
La ley de la esclavitud no tiene ya aplicación entre los
israelitas.
3
Según el Talmud, el legislador no quiso decir en
realidad "ojo por ojo" etc., y aquí vamos a dar dos
ejemplos para demostrar que su aplicación no es siempre
posible. Suponiendo que Simón tenga sólo un ojo y que en
una pelea con Rubén éste se lo saque quedando aquél
completamente ciego, no se haría justicia sacando un ojo
a Rubén; el castigo sería insuficiente, puesto que cegó
completamente a un hombre y él no quedó ciego. Veamos el
caso contrario: Simón, que tiene un solo ojo, saca un
ojo a Rubén. Si para castigar a Simón se le saca su
único ojo quedará ciego, con lo cual el castigo no
tendrá proporción con el delito, ya que Simón no cegó
completamente a Rubén. Por consiguiente, esta ley
llamada del Talión no tiene el sentido que se le
atribuye, sino que es una cuestión de daños y
perjuicios, que el damnificador sufre o paga según el
criterio de los jueces (ver más pruebas en el Talmud B.K.
85:).